
El agua me llama; si algún día me pierdo, quien quiera encontrarme podrá hacerlo en esas ciudades que amo, ciudades con agua. Viajo poco, suelo repetir destinos; Venecia es uno de ellos. Visito mercados y cementerios; el como se cuidan los vivos, el como tratan a los muertos. San Michele, la isla cementerio de Venecia, me agrada, no sería mal sitio para mi reposo eterno. La foto a contraluz está en mi despacho. Uno entra en ese camposanto y así, de pronto, al viento, una funda de plástico trasparente de folio, está atada con una larga cuerdecilla a una sencilla cruz de hierro; me llama la atención y me acerco, contiene una página de periódico, el idioma no lo conozco, me fijo en la fotografía y el nombre, el mismo de la tumba, Brodsky; me suena, la memoria me trae el recuerdo, poeta de origen ruso. Al fondo, junto al muro, dos lápidas a ras de suelo se distinguen de las otras, un reborde las diferencia, el músico ruso Igor Stravinski y su esposa. Conozco otra sepultura parecida a estas, la de Mateo Hernández, escultor, en Béjar (Salamanca).
"Poética musical" (Acantilado, nº 124), es un texto de Stravinski, conferencias dictadas en Estados Unidos, en el Harward College, curso 1939-1940; y el músico dice: "No olvidaré en ningún momento que ocupo una cátedra de Poética, y no es un secreto para ninguno de los que me escuchan que 'poética', en el sentido exacto de la palabra, quiere decir el estudio de la obra que va a realizarse. El verbo ποiεν, del cual proviene, no significa antigüedad sino 'hacer'. La poética de los filósofos de la antigüedad no admitía lirismos sobre el talento natural, ni sobre la esencia de la belleza. La misma palabra τεχνi engloba para ellos las bellas artes y las artes útiles y se aplicaba a la ciencia y al estudio de las reglas verdaderas y precisas del oficio. De ahí que la Poética de Aristóteles sugiera constantemente ideas de trabajo personal, de ajuste y de estructura".
La edición es no venal, me la regaló un librero a principios de 1985. Es una antología de poemas de Federico García Lorca, en ella, un texto en prosa de 1932 titulado "Poética", parece que, de viva voz a Gerardo Diego, el poeta dice: "En mis conferencias he hablado a veces de la Poesía, pero de lo único que no puedo hablar es de mi poesía. Y no porque sea un inconsciente de lo que hago. Al contrario, si es verdad que soy poeta por la gracia de Dios - o del demonio-, también lo es que lo soy por la gracia de la técnica y del esfuerzo, y de darme cuenta en absoluto de lo que es un poema".
En 1803, en los Estados Unidos, se dictó la sentencia Marbury v. Madison, en ella el juez Marshall fijó para la posterioridad el concepto de la Poética judicial con las siguientes palabras: "Sin ningún género de duda, la función y responsabilidad del poder judicial consiste en determinar qué es y cuál es el derecho. Aquellos que aplican el Derecho a casos particulares deben por necesidad explicar e interpretar las normas. Si dos normas en conflicto, los Tribunales deben decidir cuál es la aplicable al caso. // [...] // Por ello, la terminología particular de la Constitución confirma y refuerza el principio, que supone ser esencial y común a todas las Constituciones escritas, conforme a cuál una Ley contraria a la Constitución es nula, y que los Tribunales, al igual que los demás poderes, están sometidos a la Constitución".
Poética: ciencia y el estudio de las reglas verdaderas y precisas del oficio; la técnica y el esfuerzo, y de darse cuenta en absoluto de lo que es un poema; determinar qué es y cuál es el derecho.
Poética: en su acepción octava, el Diccionario de la lengua española dice: "Conjunto de principios o de reglas que caracterizan un género literario o artístico, una escuela o a un autor". Y uno se pregunta, ¿Cómo será, cual será, que exigirá la Poética de la profesión, de la Abogacía?
Sentado frente al Atlántico, los ojos cerrados, el aire suave me acaricia la cara, mientras espero el regreso de los caminantes, las ideas se asocian libremente: Poética. El estudio de las reglas del oficio, el dominio de la técnica jurídica, la consciencia de lo que es un proceso, de su fin último, la sentencia firme, esta, piedra angular, dovela clave del arco de medio punto que en las democracias liberales y representativas occidentales sustenta el Estado de Derecho, el sometimiento de todos a la Ley, y la consciencia del cómo se llega a ella, a través del ejercicio de un derecho concreto, el de la tutela judicial efectiva y, para que, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando (y haciendo ejecutar lo juzgado) según las normas de procedimiento, un juez hable, antes han hablado los abogados, vicarios de sus clientes, estos, los verdaderos titulares de ese derecho. Las normas procesales, las poco conocidas y menos aplicadas normas procesales: último párrafo del Preámbulo del Convenio Europeo de Derechos Humanos con la aplicación del principio de subsidiariedad y agotamiento de recursos del artículo 35.1 para el cliente, y el del margen de apreciación para el juez; la tutela del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la cuestión prejudicial del artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea; el artículo 44 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional o el agotamiento de recursos en vía procesal, la denuncia de la lesión de la tutela judicial efectiva en el primer momento procesal posible o preclusión de la denuncia y pérdida de la posibilidad de acceso al recurso de amparo y al recurso de casación por tal lesión, la especial transcendencia constitucional del posible recurso de amparo del artículo 50 de esa Ley con relación a los supuestos de especial transcendencia constitucional del fundamento segundo de la sentencia 155/2009 del Tribunal Constitucional; los artículos 4 bis.1, 5.1 y 5 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, relativos los dos primeros a las obligaciones de los jueces de aplicar el Derecho de la Unión Europea, derecho interno, de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Union Europea, y la de interpretar y aplicar las leyes y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones del Tribunal Constitucional, sin olvidar el tercero o la posibilidad de recurso de revisión de resolución firme tras obtener sentencia favorable del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Sentado frente al Atlántico, los ojos cerrados, el aire suave y el sol me acarician la cara, mientras espero el regreso de los caminantes, viene a la mente el recuerdo de resoluciones judiciales insensatas, ajenas a la función y responsabilidad del juez consistente en determinar qué es y cuál es el derecho que diría el señor Marshall, ¡que pocos jueces he conocido!, ¡cuanto tramitador procesal!, también el recuerdo del contento de algunos padres de compañeros de estudios cuando sus hijos aprobaron la oposición, juez, su hijo ya era juez, y ¿cómo decirle a esa madre orgullosa que ella confundía, como su hijo y otros muchos han confundido a lo largo de sus vidas, seguridad laboral y sueldo fijo con función judicial?
Sentado frente al Atlántico, el aire suave y el sol me acarician la cara y, mientras espero el regreso de los caminantes veo estelas de aviones en el cielo, también las veo en la mar, "caminante no hay camino, sino estelas en la mar", Machado y el párrafo final, las palabras finales de su Poética. "El intelecto no ha cantado jamás, no es su misión. Sirve, no obstante, a la poesía, señalándole el imperativo de su esencialidad. Porque tampoco hay poesía sin ideas, sin visiones de lo esencial. Pero las ideas del poeta no son categorías formales, cápsulas lógicas, sino directas intuiciones del ser que deviene, de su propio existir; son, pues, temporales, nunca elementos acrónicos existencialistas, en las cuales el tiempo alcanza un valor absoluto. Inquietud, angustia, temores, resignación, esperanza, impaciencia que el poeta canta, son signos del tiempo y, a la par, revelaciones del ser en la conciencia humana".
Los caminantes han regresado, por la pasarela de madera, sobre las dunas de la inmensa y agreste playa, poco a poco nos vamos yendo, y ..., recorrido ya gran parte el viaje de mi vida, lejos de casa como estamos, pienso en Ítaca, el poema de Cavafis, otra Poética pues, llegar allí, sin prisa, fué mi destino, Ítaca me brindó el viaje, y si bien ciertamente algo pobre la encontré, hoy ya sé que no me engañó, la sabiduría de la experiencia me ha permitido comprender con el tiempo el significado de todas las Ítaca. Clientes, abogados, jueces, ..., "lo esencial", "revelaciones del ser en la conciencia humana".
Poética: El comprender que la inquietud, la angustia, los temores, la resignación, la esperanza, y la impaciencia que el abogado vive, son signos de su tiempo, revelaciones del ser en la conciencia humana; el domeñar con técnica y esfuerzo las reglas verdaderas y precisas del oficio y, con compasión y admitiendo los avatares esenciales de quienes en el participan, el darse cuenta en absoluto de lo que es un proceso. Y siempre, siempre, el agradecer poder alzarse "a hombros de gigantes", Cavafis, Machado, Marshall, Lorca, Stravinski, Aristóteles y otros muchos más, incluidos los autores de mis libros jurídicos, esos abogados que saben pensar, esos quienes son magistrados y saben escribir, y lograr ver algo más allá del horizonte.