
La soledad internacional e intracomunitaria (dentro de la UE) de los españoles nos la hemos ganado a pulso, y ahora estamos pagando las consecuencias. Gracias al enfrentamiento de nuestro gobierno con la OTAN y con Trump y a que el actual y los anteriores gobiernos no hicieron nada o lo suficiente, Ceuta y Melilla se encuentran fuera del paraguas de la OTAN. Y, dentro de la UE, nuestro actual gobierno se ha enfrentado en materia de inmigración a los 27 países de la UE y, poniendo muchísimo más interés por defender el catalán que los intereses de los ceutíes, cuando sabía que lo del catalán era una batalla perdida mientras que lo de Ceuta era una batalla ganada. Es lógico que la UE ahora nos diga: "resuelvan ustedes el problema que ustedes mismos han creado".
Todos los Estados de la UE reconocen que la regularización masiva ha tenido el efecto llamada de más inmigrantes y que el gobierno ha hecho oídos sordos a la resolución del Parlamento Europeo del 17 de septiembre de 2026, según la cual "el 1 de agosto de 2026, veintidós jefes de Estado o de Gobierno firmaron una carta conjunta en la que pedían una respuesta europea inmediata y coordinada" y en "la carta los jefes de Estado o de Gobierno vincularon la crisis a la regularización masiva por parte del Gobierno español de más de un millón de migrantes irregulares y subrayaron que la entrada ilegal nunca debe convertirse en una estancia legal".
"Sin embargo, el ministro del Interior de España, Fernando Grande-Marlaska, y la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España, Elma Saiz, rechazaron asistir a la reunión extraordinaria de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento del 6 de agosto de 2026"; para tratar del tema. Por otro lado, España sí se apresuró el 24 de agosto de 2026 a solicitar "más de 32 000 000 EUR de ayuda financiera de emergencia a través del Fondo de Asilo, Migración e Integración, aunque no solicitó formalmente un refuerzo de la ayuda de Frontex, Europol y de la Agencia de Asilo de la Unión Europea hasta el 28 de agosto de 2026, casi un mes después del inicio de la crisis"
Contrasta el distanciamiento, e incluso el enfrentamiento, del gobierno español frente a la política de la UE con la simpatía mostrada frente al gobierno de Marruecos. Pero esta soledad del gobierno español tiene sus consecuencias para la soledad de Ceuta y la soledad de todos los españoles. Ceuta está tan abandonada por el gobierno como el día 1 de agosto. Toda Ceuta es una cárcel para los ceutíes. Los invasores estaban antes concentrados en las playas y ahora ocupan toda la ciudad. Según el Dr. Roviralta, Ceuta es invivible. La visita de los reyes ha sido un espejismo. Naturalmente que alabo la visita de los reyes a Ceuta y a Melilla, pero su visita está teledirigida y manipulada por el gobierno, que no los deja actuar con libertad. Quizás incluso teledirigida por el gobierno de Marruecos vía el gobierno de España. Ceuta ha vivido unas horas de paz, pero con la marcha de los reyes los ceutíes vuelven a la anormalidad. Este abandono de los ceutíes es similar al abandono que los españoles sentimos ante la injusticia en España. De nada sirve que nuestros tribunales actúen conforme a la Ley y al Derecho, pues el gobierno recurrirá después ante el Constitucional para que este, si tiene la posibilidad, se invente alguna justificación para declarar nula la sentencia del Tribunal Supremo. El caso Ábalos y Koldo están ya a la espera de la declaración de nulidad.
Pero, señores de la Comisión, el problema no lo han creado los ceutíes ni los españoles. Si por orden de Marruecos hubo un ataque a la soberanía de España y de la UE por tierra, mar y aire (barcos de guerra y drones), la responsabilidad es también de ustedes. Ustedes están obligados subsidiariamente a vigilar las fronteras de la Unión en caso de que el gobierno de España no lo haga. Que la UE no se confíe, la crisis social y sanitaria puede explotar en cualquier momento con consecuencias para toda la UE. Ya se ha dado un caso de meningitis bacteriana. Los invasores de Ceuta del día 31 de julio son, en su mayoría, bombas de relojería humanas. El que nuestro gobierno se someta ante Marruecos no debe ser excusa para que los españoles y todos los europeos tengamos que estar sometidos a un reino que no tiene nada de democrático y, en este caso, mucho menos de amigo.
Además, el Parlamento Europeo nos lo ha dicho claramente: "el Pacto sobre Migración y Asilo es plenamente aplicable desde el 12 de junio de 2026 y subraya la responsabilidad de España de hacer un uso pleno y eficaz del marco jurídico y operativo de dicho Pacto". Los eurodiputados lo dicen claramente: "urgente necesidad de garantizar el retorno rápido y efectivo de todas aquellas personas que no tienen derecho a permanecer en la Unión, incluidos los menores no acompañados, en pleno cumplimiento del Derecho de la Unión y del Derecho internacional". También Felipe VI lo ha repetido varias veces. Además, si se tratara de un acto de guerra híbrida ¿cuál es la excusa de la Comisión para esta inhibición?
La Comisión Europea está permitiendo que Marruecos chantajee a toda la UE, cuando ésta dispone de armas legales para contrarrestar este chantaje. Los españoles, lo mismo que los ceutíes y melillenses, estamos no solo internamente chantajeados por Bildu y los independentistas catalanes y externamente por MARRUECOS, sino también abandonados por el Gobierno español y por la Comisión Europea.
Los eurodiputados muestran profundo dolor por las 141 personas fallecidas en el mar durante los acontecimientos de los días 30 y 31 de julio. Tras lamentar la pérdida de vidas, que se podía haber evitado, denuncian la instrumentalización de la migración irregular como "herramienta de guerra híbrida contra la integridad territorial de un Estado miembro". También fijan como máxima prioridad reforzar la protección de las fronteras terrestres y marítimas exteriores de la Unión en Ceuta.
En una resolución aprobada con 339 votos a favor, 225 en contra y 16 abstenciones, el Parlamento expresa su pleno apoyo y solidaridad al pueblo de Ceuta y Melilla. Las dos ciudades autónomas son "ciudades españolas y europeas cuya soberanía e integridad territorial están fuera de toda duda", recalca el texto. Los eurodiputados también elogian la extraordinaria responsabilidad y resiliencia demostradas por los ciudadanos y las autoridades locales de Ceuta durante esta crisis sin precedentes.
El Pleno valora la labor de la Policía Nacional, la Guardia Civil, las Fuerzas Armadas de España, la Cruz Roja española, Cáritas, las organizaciones no gubernamentales y otras organizaciones de la sociedad civil implicadas en la respuesta a la crisis, y condena los actos de violencia registrados en Ceuta desde finales de julio. El Gobierno español debe hacer uso pleno y efectivo de los fondos de emergencia facilitados por la UE, así como de los recursos materiales y del apoyo operativo de las agencias de la Unión, subraya. También debe cooperar plenamente con la investigación judicial en curso a nivel nacional sobre lo sucedido en julio.
Según el Parlamento, la política de regularización a gran escala aplicada por el Gobierno español "genera un efecto llamada y transmite el mensaje equivocado" a los posibles migrantes y a las redes delictivas de tráfico ilícito de migrantes. El texto también pide a la Comisión que analice la posible repercusión transfronteriza en los desplazamientos secundarios y el funcionamiento del espacio Schengen de este tipo de procesos.
Proteger las fronteras exteriores de la Unión es una responsabilidad compartida entre los Estados miembros, según la Cámara. Cualquier incapacidad para actuar con firmeza socava la integridad del espacio Schengen en su conjunto, alerta el texto, que insiste en que todos los Estados miembros deben asumir sus responsabilidades en la prevención y la lucha contra el tráfico ilícito de migrantes.
Los eurodiputados animan a la Comisión y a todos los Estados miembros a intensificar sus esfuerzos y aumentar la financiación -también la destinada a las infraestructuras de protección de las fronteras exteriores-, reforzar las capacidades de Frontex y garantizar que todos los instrumentos puedan desplegarse rápidamente en situaciones de crisis.
La resolución del Pleno también recuerda que el Pacto sobre Migración y Asilo es plenamente aplicable desde el 12 de junio de 2026 y subraya la responsabilidad de España de hacer un uso pleno y eficaz del marco jurídico y operativo de dicho Pacto. Los eurodiputados piden el "retorno rápido y efectivo de todas aquellas personas que no tienen derecho a permanecer en la Unión, incluidos los menores no acompañados", respetando el derecho de la Unión e internacional. España y Marruecos deben intensificar su cooperación con respecto al retorno y la readmisión de todos los migrantes en situación irregular que llegaron durante el cruce ilegal masivo ocurrido entre el 29 y el 31 de julio, agregan.
Las relaciones de la Unión con los países vecinos deben basarse en la reciprocidad y la cooperación eficaz, según el PE, que advierte de que el acceso preferente al mercado de la Unión y a la financiación de la UE debe estar condicionado a una cooperación eficaz, también en materia de gestión de fronteras, lucha contra el tráfico ilícito y la trata de migrantes, identificación y readmisión. El texto insta a las autoridades marroquíes a que cumplan sus compromisos en este ámbito.
Por último, los eurodiputados reclaman el "respeto incondicional de la integridad territorial de los Estados miembros", en tanto que principio fundamental del Derecho internacional. Cualquier declaración que ponga en tela de juicio la soberanía española es inaceptable e incompatible con las obligaciones de un país socio, remachan.
Recientes ataques híbridos e instrumentalización de los migrantes en Ceuta, y necesidad de una respuesta coordinada para proteger las fronteras exteriores de la Unión Resolución del Parlamento Europeo, de 17 de septiembre de 2026, sobre los recientes ataques híbridos y la instrumentalización de los migrantes en Ceuta, y la necesidad de una respuesta coordinada para proteger las fronteras exteriores de la Unión (2026/2870(RSP)) El Parlamento Europeo,––––––– Vistos el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular sus disposiciones sobre el espacio de libertad, seguridad y justicia, Vista la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951, y su Protocolo adicional, Vistos el Tratado entre el Reino de Bélgica, el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, la República Helénica, la República Francesa, Irlanda, la República Italiana, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos, el Reino de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (Estados miembros de la Comunidades Europeas) y el Reino de España y la República Portuguesa, relativo a la adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa a la Comunidad Económica Europea y a la Comunidad Europea de la Energía Atómica, firmado el 12 de junio de 19851, Visto el Pacto por el Mediterráneo puesto en marcha conjuntamente por la Unión, sus Estados miembros y los socios del Mediterráneo meridional en noviembre de 2025, Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989, en particular sus artículos 3 y 18 y el principio del interés superior del niño, Vistos los instrumentos legislativos que componen el Pacto sobre Migración y Asilo, cuya fecha inicial de aplicación fue el 12 de junio de 2026, Visto el Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce 1 DO L 302 de 15.11.1985, p. 9, ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/acc_1985/sign. – de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen)2, Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,––––––––– Vista la Decisión 2006/688/CE del Consejo, de 5 de octubre de 2006, relativa al establecimiento de un mecanismo de información mutua sobre las medidas de los Estados miembros en materia de asilo e inmigración3, Visto el Reglamento (UE) 2026/464 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de febrero de 2026, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2024/1348 en lo que respecta al establecimiento de una lista de países de origen seguros a nivel de la Unión4, que establece a Marruecos como país de origen seguro, Visto el Acuerdo euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra5, que entró en vigor en 2000, Visto el Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y su retorno concertado, hecho en Rabat el 6 de marzo de 2007, que entró en vigor el 2 de octubre de 2012, Vista la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 13 de febrero de 2020, en el asunto N.D. y N.T. contra España (8675/15 y 8697/15), Vista la Declaración de Chisináu, de 15 de mayo de 2026, y los compromisos asumidos en ella por los Estados participantes, Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Marruecos, en particular su Resolución, de 10 de junio de 2021, sobre la violación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y el uso de menores por las autoridades marroquíes en la crisis migratoria de Ceuta, y su Resolución no legislativa, de 16 de enero de 2019, sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra7, Vista la carta firmada por veintidós jefes de Estado o de Gobierno el 1 de agosto de 2026 y enviada al presidente del Consejo Europeo, António Costa, a la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, y al primer ministro irlandés, Micheál Martin, Vistas las declaraciones del Consejo y de la Comisión, de 15 de septiembre de 2026, sobre los recientes ataques híbridos y la instrumentalización de los migrantes en Ceuta, 2 3 DO L 77 de 23.3.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/399/oj. DO L 283 de 14.10.2006, p. 40, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2006/688/oj. 4 5 6 7 DO L, 2026/464, 26.2.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2026/464/oj. DO L 70 de 18.3.2000, p. 2, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2000/204/oj. DO C 67 de 8.2.2022, p. 99. DO C 411 de 27.11.2020, p. 292.y la necesidad de una respuesta coordinada para proteger las fronteras exteriores de la Unión,– Visto el artículo 136, apartado 2, de su Reglamento interno, A. Considerando que Ceuta y Melilla constituyen un ejemplo singular de convivencia, al ser dos ciudades españolas en las que las comunidades cristiana, musulmana, judía e hindú han coexistido durante generaciones, compartiendo el espacio público, las tradiciones culturales y la vida cívica, unidas por un compromiso común con el Estado de Derecho, la igualdad de derechos y los valores que sustentan el proyecto europeo; B. C. Considerando que deben respetarse el Derecho internacional y los principios de soberanía, integridad territorial e inviolabilidad de las fronteras estatales; Considerando que todo intento de socavar la integridad territorial y la soberanía de un Estado miembro o de ejercer presión sobre estas, en especial mediante la utilización de la migración como arma por parte de terceros países u otros agentes internacionales hostiles, constituye una amenaza híbrida para la seguridad y la estabilidad de la Unión y de sus Estados miembros y requiere una respuesta que vaya más allá de los instrumentos diseñados para gestionar los flujos migratorios ordinarios; D. Considerando que, entre el 29 y el 31 de julio de 2026, aproximadamente 80.000 migrantes cruzaron de forma irregular a Ceuta desde Marruecos, por tierra y mar, y que varios centenares cruzaron a Melilla; que al menos 141 personas murieron al cruzar; que hasta 11.000 migrantes irregulares se negaron a regresar a Marruecos y permanecen en Ceuta; que aún se desconoce el número exacto de fallecidos y de personas que han cruzado, así como la identidad de los que quedan; E. F. Considerando que en todas las medidas relacionadas con los niños debe primar el interés superior del menor; que los menores no acompañados pueden enfrentarse a mayores riesgos de trata, violencia sexual y de género, explotación, desaparición y revictimización; que las niñas, los niños más pequeños y los niños que han sufrido violencia pueden tener necesidades específicas en términos de protección y cuidados; Considerando que debe prestarse especial atención a las necesidades de protección de las mujeres, los menores y otras personas vulnerables, incluidas medidas para prevenir y abordar la violencia y la explotación sexual y de género; G. Considerando que Ceuta, con una población residente de aproximadamente 84.500 habitantes, ha sido invadida y ha visto cómo sus instalaciones de acogida, sus servicios sanitarios y sus infraestructuras han quedado al borde del colapso; que los datos recabados sobre el terreno, en particular las declaraciones del Ministerio Fiscal de España, indican que ha aumentado la violencia sexual, incluida la prostitución forzada de menores migrantes; que aún no se ha recuperado la normalidad, que los residentes, los trabajadores y las empresas siguen sufriendo consecuencias duraderas, que el orden público y la seguridad siguen en peligro y que los niños vuelven al colegio bajo escolta armada, lo que demuestra que la situación dista mucho de haberse resuelto; H. Considerando que se habían transmitido al Gobierno español reiteradas advertencias de las autoridades locales y de los servicios de seguridad e inteligencia, según los informes confidenciales divulgados el 9 de septiembre de 2026, que indican que la presión en la frontera se había intensificado mucho antes de aquellos días; que, durante la crisis, la Asamblea de Ceuta pidió unánimemente al Gobierno nacional que cerrara la frontera, declarara una emergencia nacional, convocara al Consejo de Seguridad Nacional, nombrara una única autoridad de coordinación y desplegara las fuerzas armadas; que el Gobierno español no actuó en respuesta a estos llamamientos; I. J. Considerando que, el 1 de agosto de 2026, veintidós jefes de Estado o de Gobierno firmaron una carta conjunta en la que pedían una respuesta europea inmediata y coordinada; que, en la carta, los jefes de Estado o de Gobierno vincularon la crisis a la regularización masiva por parte del Gobierno español de más de un millón de migrantes irregulares y subrayaron que la entrada ilegal nunca debe convertirse en una estancia legal; que en la carta también se pedía un mayor apoyo de Frontex y una cooperación eficaz con Marruecos en materia de retornos; Considerando que, el 4 de agosto de 2026, los ministros del Interior de los Estados miembros expresaron su solidaridad con España y subrayaron la necesidad de reforzar los retornos, las fronteras exteriores, la cooperación con terceros países y los sistemas de alerta temprana; que el ministro del Interior de España, Fernando Grande-Marlaska, y la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones de España, Elma Saiz, rechazaron asistir a la reunión extraordinaria de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento del 6 de agosto de 2026; K. Considerando que, el 24 de agosto de 2026, España solicitó más de 32.000.000 EUR de ayuda financiera de emergencia a través del Fondo de Asilo, Migración e Integración y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, pero no solicitó formalmente un refuerzo de la ayuda de Frontex, Europol y la Agencia de Asilo de la Unión Europea hasta el 28 de agosto de 2026, casi un mes después del inicio de la crisis y a pesar de los numerosos ofrecimientos de la Comisión; L. Considerando que la Declaración de Chisináu, adoptada por el Comité de Ministros del Consejo de Europa el 15 de mayo de 2026, reconoce que la instrumentalización de la migración constituye una amenaza contemporánea para la integridad territorial y la seguridad nacional, y reafirma el derecho soberano de los Estados a proteger sus fronteras y a adoptar nuevos enfoques para disuadir la migración irregular; M. Considerando que, el 7 de septiembre de 2026, la Audiencia Nacional española asumió la competencia para llevar a cabo la investigación judicial sobre la entrada masiva de migrantes en Ceuta, alegando que los hechos podrían constituir un grave atentado contra la integridad territorial de España; N. Considerando que, el 9 de septiembre de 2026, la Comisión concedió a España 114.700.000 EUR de ayuda financiera de emergencia para contribuir a gestionar la crisis; 1. 2. Rinde homenaje y expresa su pleno apoyo al pueblo de Ceuta y Melilla, que desde hace tiempo constituye un ejemplo vivo de convivencia entre personas de diferentes culturas, orígenes y religiones; subraya que esta convivencia no es una mera realidad social, sino una afirmación cotidiana del Estado de Derecho, la igualdad de derechos y los valores comunes que constituyen la esencia del proyecto europeo; Expresa su profundo pesar y dolor por las 141 personas fallecidas en el mar durante los acontecimientos de los días 30 y 31 de julio de 2026; 3. Expresa su plena solidaridad con los ciudadanos y las autoridades locales de Ceuta, que han afrontado y siguen afrontando una crisis sin precedentes con una responsabilidad, una serenidad y una resiliencia extraordinarias; reitera que Ceuta y Melilla son ciudades españolas y europeas cuya soberanía e integridad territorial están fuera de toda duda; 4. 5. 6. 7. 8. 9. Condena, en los términos más enérgicos, los cruces ilegales masivos a Ceuta desde Marruecos, por tierra y por mar, y la instrumentalización de la migración irregular como herramienta de guerra híbrida contra la integridad territorial de un Estado miembro; considera que es de máxima prioridad reforzar la protección de las fronteras terrestres y marítimas exteriores de la Unión en Ceuta; Lamenta la pérdida de vidas que se produjo durante el cruce ilegal; recuerda que estas muertes podrían haberse evitado si se hubieran tomado las medidas necesarias por ambas partes para detener el cruce ilegal antes de que se produjera; Pide a las autoridades españolas y marroquíes que, con el apoyo de la Comisión, garanticen la identificación de todas las personas que fallecieron durante la travesía, el trato digno y la repatriación de sus restos mortales, así como la notificación y el apoyo a sus familias; pide que se lleve a cabo una investigación completa y transparente de las circunstancias de cada muerte; Reitera su firme apoyo al multilateralismo y al orden internacional basado en normas, señalando que cualquier intento de socavar la soberanía y la integridad territorial de cualquier Estado miembro vulnera el Derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas; Insta al Gobierno español a que adopte con carácter urgente todas las medidas necesarias para restablecer la normalidad en Ceuta, en particular en lo que respecta a la seguridad y al apoyo económico adecuados para las empresas, los trabajadores y los residentes afectados; Expresa su profunda preocupación por la política de regularización a gran escala aplicada por el Gobierno del presidente Pedro Sánchez, que genera un efecto llamada y transmite el mensaje equivocado a los posibles migrantes y a las redes delictivas de tráfico ilícito de migrantes; subraya que la entrada ilegal nunca debe convertirse en un atajo hacia la residencia legal; 10. Pide a la Comisión que analice, en cooperación con los Estados miembros, la posible repercusión transfronteriza de los procesos nacionales de regularización masiva en los desplazamientos secundarios y el funcionamiento y la seguridad del espacio Schengen; 11. Elogia la labor de la Policía Nacional, la Guardia Civil, las Fuerzas Armadas de España, la Cruz Roja española, Cáritas, las organizaciones no gubernamentales y otras organizaciones de la sociedad civil implicadas en la respuesta a la crisis, a menudo en circunstancias excepcionalmente difíciles; 12. Condena los actos de violencia que se han registrado en Ceuta desde el inicio de la crisis; pide al Gobierno español que refuerce inmediatamente la presencia de la policía y las fuerzas de seguridad en la ciudad para restablecer el orden público y la seguridad, que siguen en peligro semanas después del cruce ilegal masivo; 13. Reafirma que la preservación del espacio Schengen requiere que la Unión garantice la protección efectiva de sus fronteras exteriores y que todos los Estados miembros asuman plenamente sus responsabilidades en la prevención y la lucha contra el tráfico ilícito de migrantes; 14. Acoge con satisfacción la rápida decisión de la Comisión de conceder a España 114.700.000 EUR en ayuda de emergencia para contribuir a gestionar la crisis en Ceuta; insta al Gobierno español a que haga un uso pleno y efectivo de estos fondos, así como de los recursos materiales y del apoyo operativo de las agencias de la Unión que ofrece la Comisión, a fin de restablecer la normalidad, mejorar las condiciones y acelerar los retornos; 15. Toma nota de la decisión de la Audiencia Nacional española de asumir la competencia para llevar a cabo la investigación judicial sobre el cruce ilegal masivo, alegando que podría constituir un grave atentado contra la integridad territorial de España; pide al Gobierno español que coopere plenamente con la investigación en curso y la apoye; 16. Respalda la afirmación de veintidós jefes de Estado o de Gobierno de que los cruces masivos incontrolados y la instrumentalización de la migración en ningún caso deben dar lugar a la percepción de que la entrada ilegal en la Unión Europea puede convertirse en una estancia legal; advierte de que esta percepción fomenta nuevos intentos y socava la confianza en la política común de migración de la Unión; recuerda, a este respecto, que no pueden adoptarse políticas nacionales, como la regularización masiva, sin tener en cuenta su impacto en otros Estados miembros, en el espacio Schengen y en la Unión en su conjunto; 17. Recuerda que la protección de las fronteras exteriores de la Unión es una responsabilidad compartida entre los Estados miembros y que cualquier incapacidad para actuar con firmeza socava la integridad del espacio Schengen en su conjunto; reconoce los esfuerzos realizados por los países afectados por la migración instrumentalizada, como Finlandia, Lituania, Letonia, Estonia, Grecia y Polonia, así como su determinación a la hora de proteger las fronteras exteriores de la Unión; pide a la Comisión y a todos los Estados miembros que intensifiquen sus esfuerzos, aumenten la financiación -también la destinada a las infraestructuras de protección de las fronteras exteriores-, refuercen las capacidades de Frontex y garanticen que todos los instrumentos puedan desplegarse rápidamente en situaciones de crisis, amenazas híbridas o instrumentalización; 18. Recuerda que el Pacto sobre Migración y Asilo es plenamente aplicable desde el 12 de junio de 2026 y subraya la responsabilidad de España de hacer un uso pleno y eficaz del marco jurídico y operativo de dicho Pacto, incluidos los procedimientos de control, asilo fronterizo y retorno; pide, además, que se refuerce la cooperación con los países de origen y tránsito para garantizar una gestión eficaz de la migración; 19. Reconoce que un gran número de menores no acompañados siguen en Ceuta; insiste en que las autoridades españolas deben garantizar la protección y el cuidado adecuado de los menores no acompañados; pide a las autoridades españolas que lleven a cabo sin demora evaluaciones individuales de sus circunstancias y necesidades, con el interés superior de los menores como consideración primordial, de conformidad con el Derecho de la Unión y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño; 20. Destaca la urgente necesidad de garantizar el retorno rápido y efectivo de todas aquellas personas que no tienen derecho a permanecer en la Unión, incluidos los menores no acompañados, en pleno cumplimiento del Derecho de la Unión y del Derecho internacional; insta a España y a Marruecos a que intensifiquen su cooperación con respecto al retorno y la readmisión de todos los migrantes en situación irregular que llegaron durante el cruce ilegal masivo ocurrido entre el 29 y el 31 de julio de 2026; 21. Subraya que las relaciones de la Unión con los terceros países vecinos deben basarse en la reciprocidad y la cooperación eficaz; considera que el acceso preferente al mercado de la Unión, la financiación de la Unión y la cooperación estratégica deben estar condicionados a una cooperación eficaz, también en materia de gestión de fronteras, lucha contra el tráfico ilícito y trata de migrantes, identificación y readmisión, y deben buscar la asunción de compromisos claros y medibles con vistas a prevenir los cruces ilegales, garantizar los retornos efectivos y proteger las fronteras exteriores de la Unión; subraya que dicha cooperación debe ir acompañada del pleno respeto de la integridad territorial de los Estados miembros; pide que se utilicen las asociaciones de la Unión existentes para garantizar unos compromisos concretos y unos resultados medibles; 22. Insta a las autoridades marroquíes a que asuman sus responsabilidades como socio clave de la Unión Europea y cumplan sus compromisos relativos a la gestión de fronteras, el retorno y la cooperación en materia de migración; subraya que dicha colaboración debe basarse en el respeto incondicional de la integridad territorial de los Estados miembros de la Unión, en tanto que principio fundamental del Derecho internacional y condición no negociable; considera que cualquier declaración que ponga en tela de juicio la soberanía española es inaceptable e incompatible con las obligaciones de un país socio; 23. Pide que se establezca un marco más estricto y transparente que regule el desembolso y la supervisión de los fondos de desarrollo y cooperación de la Unión a terceros países; insiste en la introducción de mecanismos sólidos que permitan la suspensión inmediata y la plena recuperación de los fondos en caso de falta de cooperación o cuando estén en juego los intereses de la Unión o de los Estados miembros; 24. Pide al Gobierno de España que, con el apoyo del Consejo y de la Comisión, elabore una propuesta en la que se establezcan los mecanismos normativos y financieros de la Unión necesarios para reforzar la seguridad, la estabilidad y el desarrollo de las ciudades de Ceuta y Melilla, teniendo en cuenta las circunstancias, los riesgos y las amenazas particulares a los que se enfrentan ambas ciudades; 25. Pide a la Comisión y a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad que, con el apoyo del Servicio Europeo de Acción Exterior y en cooperación con las autoridades competentes de los Estados miembros, analicen, en el marco de sus respectivas competencias y sobre la base de toda la información disponible, incluida la información pertinente de fuentes policiales y de inteligencia de España y de la Unión, las circunstancias que rodean los sucesos de los días 30 y 31 de julio de 2026, en particular la posible facilitación, inacción deliberada o participación de agentes estatales y no estatales; 26. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, y al Gobierno y al Parlamento de Marruecos.